Desde nuestra experiencia en el reconocimiento médico para la renovación del carnet conducir en centro Madrid, nos gustaría aprovechar esta ocasión para explicarte que según la Dirección General de Tráfico a partir del 19 de enero de 2015 es obligatorio que todos los ciudadanos extranjeros que procedan de algún país de la Unión Europea y residentes en España, renueven su carnet de conducir.
Se trata de algo obligatorio para aquellos residentes comunitarios que tengan residencia legal en España obtenida el 19 de enero de 2015 o con anterioridad. Asimismo afecta a los conductores titulares de un permiso de conducir con vigencia indefinida o superior a 15 años para permisos del Grupo 1 o de un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2. También será obligatorio para extranjeros residentes legales que tengan la autorización caduca o próxima a hacerlo.
Como especialistas en el reconocimiento médico para la renovación del carnet de conducir en Madrid Centro, te recordamos que esta obligación atiende a la necesidad de cumplir con una directiva europea para subsanar las diferencias entre los países comunitarios respecto a la periodicidad de la renovación de los permisos. Gracias a esta normativa los conductores renovarán su carnet en los mismos plazos y condiciones que los conductores nacionales a partir de los dos años que tengan la residencia en territorio español.
Hasta el momento se ha observado que ha afectado sobre todo a franceses y alemanes porque sus permisos no tenían fecha de caducidad y a los ingleses y noruegos que poseían un carnet con vigencia hasta que los conductores cumplieran 70 o 100 años respectivamente.
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